El tribunal lo condeno el delito de extorsión en grado de tentativa en concurso real con amenazas coactivas.

En diciembre de 2015, Emmanuel Ioselli, conocido como “Camus Hacker”, fue condenado a tres años de prisión en suspenso por haber subido a Twitter fotos de personalidades del espectáculo y “famosas” desnudas. Verónica Lozano, Noelia Marzol, Coki Ramírez, Fátima Florez, Iliana Calabró, Sergio “Maravilla” Martínez y Annalisa Santi fueron algunas de las personas cuya privacidad e integridad sexual se vio violada por este chico de 22 años, oriundo de Campana.

Debido a que la difusión de imágenes de contenido erótico todavía no está tipificada como un delito -como propone el proyecto de la llamada Ley de Pornovenganza-, Ioselli fue condenado por “extorsión en concurso real con amenazas coactivas”. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 6, al imponer la pena en suspenso, le exigió a Camus Hacker, entre varias normas de conducta, terminar el secundario para no ir preso. Ioselli aceptó la culpabilidad, la materialidad de los ilícitos y la calificación legal.

Daniel Monastersky fue el abogado que llevó adelante la denuncia y que impulsó la acusación. “Tuvimos que buscar algo más porque la difusión de imágenes a través de la web no era considerada delito. Investigamos y logramos identificar que la persona que se hacía llamar Camus utilizaba un usuario que pedía dinero y extorsionaba a las personas de las cuales tenía fotos. De esa manera pudimos radicar la denuncia”.

Ioselli tampoco podía ser denunciado por “acceso indebido a un sistema informático” -delito especificado en la Ley de Delitos Informáticos, que es de 2008-, porque no había accedido a las fotos mediante hackeos (o al menos eso no pudo ser probado en el expediente) sino que las sacó de foros y, eventualmente, de sitios de pornografía o “triple x”.

De todas formas, la pena por ese delito no hubiera sido alta. El artículo 153 bis de la Ley de Delitos Informáticos establece penas de 15 días a seis meses de prisión para quien “a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido”.

Si la Ley de Pornovenganza ya hubiese sido sancionada -como ocurrió con leyes similares en España, Filipinas, Australia, Israel, Japón y el Estado de California, en los Estados Unidos- el caso de Camus Hacker podría haber tenido un final distinto.

Fuente: La Nacion

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